El derecho del consumidor

1. La defensa de los derechos reconocidos a favor de los consumidores y usuarios

En virtud de la importancia que representa el libre ejercicio del comercio para el desarrollo económico de un país, lo concerniente a la defensa de los derechos del consumidor[1] ha sido objeto de regulación a nivel internacional.  Por lo que, este tema ha adquirido un gran auge e importancia y su estudio se expande rápidamente, hasta el punto de que diversos países le han otorgado rango constitucional a su protección.  

Tal es el caso de la República Dominicana que consagra la protección a este derecho en el artículo 53 de la Constitución al establecer lo siguiente:

Derechos del consumidor. Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley”[2].

Esta necesidad, de regular los asuntos objeto de estudio de esta rama del derecho, nace por la naturaleza desigual de la relación que se origina entre el proveedor y el consumidor, en la que el primero tiene una posición de ventaja, por su conocimiento y experiencia sobre los bienes y servicios que oferta en el mercado en el que se desenvuelve, frente al desconocimiento e inexperiencia que, en principio, tiene el consumidor sobre estos asuntos. 

En este orden, la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana ha establecido que:

“… lo primero que se debe de tomar en cuenta es la existencia de una relación de consumo entre un proveedor de productos o servicios y un consumidor final, donde este último tiene una posición de desventaja frente al primero y por lo tanto nuestro ordenamiento jurídico reviste al usuario de una protección especial, debido a la desigualdad existente…[3].

2. Desglose del concepto de derecho del consumidor

El derecho del consumidor se encarga del estudio y análisis de los derechos de los consumidores; de las obligaciones de los proveedores y de las disposiciones legales que regulan la relación de los proveedores con los consumidores en ocasión de las actividades que estos últimos deben llevar a cabo para satisfacer sus necesidades de consumo de bienes y servicios. 

De esta definición se desprende:

2.1. Que es consumidor toda persona física o jurídica, pública o privada, que compra, adquiere u obtiene bienes y servicios a título oneroso para uso y disfrute personal o doméstico, nunca para uso comercial; es decir, es quien procura estos para ser el destinatario final de los mismos.

En tal sentido, existen legislaciones que, a los fines de formar parte del objeto de estudio de esta rama del derecho, solo reconocen como consumidores a las personas físicas; mientras que, otras, además de a estas últimas, incluyen a las microempresas, pero no abarcan a las grandes empresas.  

No obstante, en la mayoría de los ordenamientos jurídicos este término incluye tanto a las personas físicas como a las jurídicas.   Este es el caso de la República Dominicana, pues la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, número 358-05 en su artículo 3, literal d, al definir dichos vocablos establece que: es consumidor o usuario toda “… persona natural o jurídica …”[4].

Por otro lado, aunque es frecuente que el término consumidor se utilice en sentido amplio e incluya también al usuario, se deben diferenciar estos conceptos.  Toda vez que, el primero es el que compra bienes y el segundo es el que adquiere o contrata la prestación de servicios. 

2.3. Que se descartan como parte del objeto de estudio de esta rama del derecho las relaciones a título gratuito

2.4. Que a la conexión que surge entre proveedores y consumidores, en ocasión del nexo antes descrito, se le denomina relación de consumo, la cual abarca:

2.4.1. La venta de bienes, que pueden ser perecederos (como los alimentos y las medicinas) o duraderos (como los vehículos).

2.4.2. La prestación de servicios de cualquier naturaleza.

2.5. Que el derecho del consumidor tiene entre sus objetos de estudio las obligaciones de los proveedores; los derechos del consumidor y la irrenunciabilidad de estos; el principio que dispone que en caso de duda se aplicarán las normas que beneficien al consumidor; los métodos comerciales abusivos, la publicidad engañosa, el control de calidad, las cláusulas contractuales abusivas, entre otros.

2.6. Que los sujetos de protección de las normas que forman esta disciplina son los destinatarios finales.  De ahí que, su objeto es servir como un límite a la posición de poder de la que gozan los proveedores frente a los consumidores. 

3. El papel del Estado en la protección de los derechos de los consumidores y usuarios

El Estado juega un rol fundamental en esta área, pues a través de las disposiciones legales que forman su ordenamiento deberá facilitar la creación de un marco jurídico de protección, que permita y garantice la defensa de quienes compran bienes y adquieren servicios y que establezca los mecanismos para que en los casos en que el sistema falle se cuente con las herramientas que ayuden a la obtención de la reparación del daño causado.

Así, la Suprema Corte de Justicia dominicana ha considerado que:

en nuestro ordenamiento jurídico la acción en justicia constituye el mecanismo por excelencia a través del cual se tutelan los derechos objetivos (…) la protección especial consagrada en nuestro ordenamiento jurídico a favor de los consumidores no puede ser efectiva sin que se extienda al ámbito del proceso judicial, mediante una tutela judicial diferenciada, que implica la adopción de las medidas adecuadas para mitigar los efectos perniciosos de la desigualdad económica existente entre los usuarios y los proveedores en el ejercicio de su derecho a la acción judicial…”[5].

Por lo tanto, cada Estado deberá tomar las medidas pertinentes para salvaguardar los derechos del consumidor; evitar fraudes, estafas, conductas lesivas y relaciones basadas en prácticas de comercio desleales; combatir y evitar la publicidad engañosa; entre otras medidas.

Para finalizar se puede establecer que, el derecho del consumidor se encuentra en su momento de mayor apogeo, como resultado de la importancia que representa para el progreso económico de cualquier sociedad garantizar que el mercado de bienes y servicios se desarrolle en un ambiente de seguridad jurídica.  Y debido a que, una época como la actual, en la que el avance de la tecnología a pasos agigantados lleva consigo nuevas modalidades de comercialización, exige, incluso más que antes, la protección a los consumidores.


[1] La palabra consumidor será utilizada en sentido amplio; por lo que, incluye también al usuario.  No obstante, en este escrito se explica la diferencia entre consumidor (en sentido estricto) y usuario.

[2] Constitución de la República Dominicana (Const.).  13 de junio de 2015 (República Dominicana).

[3] Sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, núm. SCJ-PS-23-0354, 28 de febrero de 2023.  Fuente: Principales decisiones de la Suprema Corte de Justicia 2023, enero-abril.  República Dominicana (p. 130), www.poderjudicial.gob.do

[4] Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, número 358-05.  9 de septiembre de 2005.

[5] Sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, 3 de febrero de 2016.  Fuente: Principales sentencias de la Suprema Corte de Justicia: año 2016 (2017).  Santo Domingo, República Dominicana (primera ed., p. 257), www.poderjudicial.gob.do

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