La importancia de la preparación de la teoría del caso para el juicio penal

1. La necesidad y finalidad de elaborar una teoría del caso

La participación de las partes en el juicio penal, además de ser indispensable, es la que le otorga en cierta manera sentido a este.  Pues, en los sistemas acusatorios se requiere que los intervinientes en el proceso presenten al juez, de forma pública, oral y contradictoria, las teorías sobre la verdad de los hechos acontecidos, las pruebas con las que se pretenden acreditar los sucesos ocurridos, los alegatos, las argumentaciones jurídicas y las conclusiones.  Lo cual es una oportunidad para que, entre otras cosas, los involucrados en el proceso puedan convencer a los jueces de la credibilidad de su tesis.

Debido a la seriedad e importancia de esta labor, puesta a cargo de quienes forman parte del proceso, se requiere mucha preparación y organización previa por parte de los litigantes que representan a la acusación y a la defensa.  Es obligatorio que los abogados investiguen, analicen y estudien minuciosamente los hechos, conozcan las fortalezas y debilidades de la parte a quien representan y de su adversario y que tengan un dominio completo de los hechos, de las pruebas existentes y de las normas penales que aplican (sustantivas y adjetivas).  De esto dependerá, en una gran medida, el éxito en su desempeño profesional. 

Como consecuencia de esto surge la importancia y la necesidad para los litigantes de preparar la teoría del caso que les servirá de guía en las diferentes etapas del proceso penal, pero sobre todo en el juicio[1].  Se trata de un proyecto del relato que la acusación y la defensa presentarán al juez: de los alegatos de apertura y clausura, de la versión de la forma en la que ocurrieron los acontecimientos que originan el proceso, de la presentación de las pruebas con las que se acreditarán los sucesos alegados, de la conexión entre las pruebas y los hechos y de las argumentaciones jurídicas.

Este proyecto o tesis debe desarrollarse en base a la verdad, ser comprensible, convincente y racional.  Es necesario que incluya la totalidad de los hechos penalmente relevantes y que presente una sola versión de estos, pues, lo contrario la convierte en inconsistente y le resta credibilidad. 

2. Composición de la teoría del caso

Toda teoría del caso debe ser estructurada sobre los cimientos de estos tres elementos:

2.1. La teoría fáctica
2.2. La teoría jurídica
2.3. Los medios probatorios

A saber:

2.1. La teoría fáctica

Es la descripción de los hechos que originaron el proceso penal. 

Para elaborarla se recomienda contestar las siguientes preguntas: ¿cuándo ocurrió?, ¿dónde?, ¿quién realizó el hecho?, ¿qué hechos se llevaron a cabo?, ¿en contra de quién se realizó el hecho?, ¿cuál fue el resultado del hecho realizado? y ¿por qué se realizó dicho hecho?; a partir de las respuestas a esas preguntas se preparan las proposiciones fácticas.  Esta solo debe incluir hechos penalmente relevantes.

2.2. La teoría jurídica

Busca determinar si los sucesos ocurridos se corresponden con la descripción hecha por el legislador de un determinado tipo penal, para establecer si dichos acontecimientos presentan relevancia penal. 

Para esto, es necesario insertar el caso real (los hechos) en la descripción realizada por el tipo penal (subsumir dicho caso real en la norma) a los fines de determinar si se ha materializado un delito, es decir, si ha ocurrido una acción, típica, antijurídica y culpable; y en caso de que se haya concretado dicho hecho ilícito precisar el responsable de su comisión.

2.3. Los medios probatorios

Es decir: testigos, peritos, pruebas documentales, pruebas materiales, entre otros, que acreditarán o demostrarán las proposiciones fácticas planteadas.  En tal sentido, es necesario conectar y enlazar dichas proposiciones con cuantos medios probatorios sean necesarios a los fines de demostrar su veracidad.

3. Conclusiones

La teoría del caso es una herramienta que integra las pautas principales que servirán de guía a los litigantes para su exposición en el juicio, a los fines de evitar olvidos y equivocaciones. Es una especie de orientación y dirección que ayuda a los abogados a elaborar los alegatos de apertura y clausura, a determinar y estructurar las preguntas a realizar a testigos y peritos, a organizar el ofrecimiento de las pruebas, a enlazar las pruebas con los hechos que se pretenden acreditar y a elaborar las argumentaciones jurídicas y las conclusiones de las partes.  

La finalidad principal de la teoría del caso es que el litigante conozca la temática del expediente y se prepare lo suficiente, para presentar ante los jueces un relato coherente, racional y bien estructurado que, junto al uso de las técnicas de litigación, le permita llevar a cabo una exposición y argumentación lo bastante persuasiva y contundente para convencer a los jueces de que su tesis es la que se corresponde con la verdad histórica de lo sucedido y, en consecuencia, que la sentencia que intervenga le sea favorable.


[1] La teoría del caso es útil para la audiencia que conoce lo relativo a las medidas de coerción, para la audiencia preliminar y para el juicio.

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