1. La importancia de la indumentaria utilizada en los juicios
El atuendo que utilizan todos aquellos que forman parte de la labor de búsqueda, administración y aplicación de justicia, cuando participan en la celebración de audiencias, está sometido a diversas reglas y normas que deben ser observadas y cumplidas a cabalidad.
Dichas exigencias, conjuntamente con otras de vital importancia, tienen como finalidad revestir de solemnidad y respeto todo lo concerniente a los juicios, sometiéndolos a un protocolo que, en la medida de lo posible, evite que una labor de tanta importancia y transcendencia, como lo es la relacionada con la implementación de justicia, sea ejecutada de manera ligera, informal o poco seria.
De modo tal que, no es casualidad que el legislador se haya encargado de exigir a jueces, representantes del ministerio público y abogados que porten una determinada vestimenta cuando formen parte de la celebración de un juicio.
2. Disposiciones legales que, en el ordenamiento jurídico dominicano, regulan lo concerniente a la forma de vestirse de los jueces, representantes del ministerio público y abogados
| 2.1. Ley núm. 821 de Organización Judicial y sus modificaciones[1] |
| 2.2. Resolución núm. 1141-2005, que ordena la utilización de camisa blanca, corbata negra, toga y birrete en la celebración de las audiencias preliminares en la fase de instrucción, dictada por la Suprema Corte de Justicia[2] |
| 2.3. Resolución núm. 2715-2010, mediante la cual se exige el uso de camisa blanca, corbata negra, toga y birrete calado para los jueces y juezas, representantes del ministerio público, defensores públicos y abogados, dictada por la Suprema Corte de Justicia[3] |
| 2.4. Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial, dictado por la Suprema Corte de Justicia[4] |
| 2.5. Resolución Administrativa núm. 001-2012, que regula la vestimenta a utilizar por los jueces, secretario (a) y abogados (a) en la audiencia pública del Tribunal Superior Electoral[5] |
| 2.6. Protocolo de Conducción de Audiencias del Tribunal Superior Electoral, dictado por el Tribunal Superior Electoral[6] |
| 2.7. Reglamento Administrativo del Tribunal Constitucional[7] |
3. Ley núm. 821 de Organización Judicial y sus modificaciones
Se puede establecer que la base jurídica sobre la cual se edifica lo concerniente a la regulación de la vestimenta que deben portar los jueces, representantes del ministerio público y abogados cuando participan en la celebración de audiencias, es la Ley núm. 821.
Esta norma ha sido reforzada por diferentes disposiciones jurídicas, debido a las modificaciones y adecuaciones que han sido necesarias realizar, en el ordenamiento legal dominicano, como resultado del paso del tiempo. A saber:
3.1. La Resolución núm. 1141-2005, dictada por la Suprema Corte de Justicia.
3.2. El Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial, dictado por la Suprema Corte de Justicia, que prescribe en su párrafo 9 que:
“Dentro del decoro de los jueces (…) está el observar el uso de la toga y/o la vestimenta que se encuentre indicada en las normas administrativas del poder judicial…”.
3.3. La Resolución núm. 2715-2010, dictada por la Suprema Corte de Justicia.
Disposición que exige el uso de camisa blanca, corbata negra, toga y birrete calado para:
3.3.1. Los jueces de la instrucción, procuradores fiscales y abogados, en las vistas concernientes a audiencias preliminares, medidas de coerción y habeas corpus.
3.3.2. Los jueces, fiscalizadores y abogados del Distrito Nacional y de los municipios cabeceras de provincias, en las audiencias celebradas en los juzgados de paz.
4. ¿Quiénes deben cumplir con las disposiciones concernientes a la vestimenta de quienes participan en la celebración de audiencias?
| 4.1. Los jueces |
| 4.2. Los representantes del ministerio público |
| 4.3. Los abogados |
5. ¿Cómo deben vestirse los jueces, representantes del ministerio público y abogados que postularán en audiencia?
Deberán tener la siguiente indumentaria:
5.1.1. Camisa blanca y corbata negra.
5.1.2. Toga, que es una vestimenta que se coloca encima de la camisa blanca y la corbata negra.
5.1.3. Birrete, que es un gorro que posee en el centro una borla.
5.2. Base legal
| Artículo 11 de la Ley núm. 821 | “En las audiencias públicas los jueces, los procuradores generales, los procuradores fiscales y los abogados estarán obligados a llevar togas y birrete calado… Párrafo. Los funcionarios y abogados mencionados (…) usarán en estrados camisa y cuello blancos y corbata negra…”. |
| Resolución núm. 1141-2005, dictada por la Suprema Corte de Justicia | “Primero: disponer que los jueces de la instrucción, procuradores fiscales y abogados postulantes vistan camisa blanca, corbata negra, toga y birrete calado durante la celebración de las audiencias preliminares…”. |
| Resolución núm. 2715-2010, dictada por la Suprema Corte de Justicia | “Primero: dispone que los jueces (…) de la instrucción, procuradores (…) fiscales y abogados (…) vistan camisa blanca, corbata negra, toga y birrete calado durante la celebración de vistas para la imposición de medidas de coerción y la celebración de las audiencias preliminares, así como para el conocimiento de habeas corpus. Segundo: dispone que los jueces (…) de paz y fiscalizadores (…) del Distrito Nacional y de los municipios cabeceras de provincias, durante las audiencias (…) vistan de la manera antes descrita; quedando también los defensores (…) y representantes de las partes en las audiencias, obligados a cumplir esta medida”. |
| Resolución Administrativa núm. 001-2012, dictada por el Tribunal Superior Electoral | “Primero: disponer (…) que los jueces (…) del Tribunal Superior Electoral vistan de traje oscuro, camisa blanca, corbata negra, toga de color negro (…) y birrete negro… Tercero: disponer (…) que los abogados vistan camisa blanca, corbata negra, toga y birrete de color negro…”. |
| Artículo 11 del Protocolo de Conducción de Audiencias del Tribunal Superior Electoral, dictado por el Tribunal Superior Electoral | “… para postular ante el Tribunal Superior Electoral, los (…) abogados (…) deberán vestir toga (…) birrete (…) camisa y cuello blancos, corbata negra y pantalón de vestir…”. |
| Artículo 15 del Reglamento Administrativo del Tribunal Constitucional | “… a los jueces (…) corresponde:… k. Guardar en las audiencias (…) el siguiente (…) código de vestimenta: uso de toga, birrete, camisa blanca y corbata negra…”. |
6. El diseño de la toga
| Tela | Esta vestimenta debe ser hecha o confeccionada en uno de los dos tejidos siguientes: 6.1.1. En alpaca 6.1.2. En seda negra lisa |
| Cuello | La toga tendrá un cuello que se extiende: 6.2.1. Por la espalda de la toga 6.2.2. Por la parte delantera de la toga |
| Características del cuello que se extiende por la espalda de la toga | 6.3.1. Debe ser de forma cuadrada 6.3.2. Debe tener 20 pulgadas de largo por 17 pulgadas de ancho |
| Características del cuello que se extiende por la parte delantera de la toga | 6.4.1. Debe tener una franja a cada lado de la abertura del frente, hasta el ruedo, y estar unida al borde de la toga 6.4.2. Debe tener unas medidas (las franjas) de siete pulgadas de ancho |
| Tela del cuello y las franjas | Debe ser negra, lisa, brillante y forrada Con excepción de los jueces del Tribunal Constitucional dominicano, cuya toga posee una pechera rojo vino satinado |
| Color de la toga | Debe ser negro Con excepción de los jueces del Tribunal Constitucional dominicano, que deben utilizarla color rojo vino |
| Forma | La toga debe ser lisa Pero la parte de atrás, a partir de la cintura deberá tener tachones |
| Mangas | 6.5.1. Deberá tener tachones en el hombro 6.5.2. Deberá tener una bocamanga: 6.5.2.1. De 6 pulgadas de ancho 6.5.2.2. De tela igual a la del cuello y las franjas |
6.1. Base legal
| Artículo 11 de la Ley núm. 821 | “… la toga será de alpaca o seda negra lisa con un cuello cuadrado en la espalda, de 20 pulgadas de largo por 17 pulgadas de ancho y que se continúa en la parte delantera de cada lado de la abertura del frente con una franja de 7 pulgadas de ancho hasta el ruedo y unida al borde de la toga. El cuello y estas franjas serán de tela negra, lisa, brillantes y forrados. La toga será lisa excepto el paño de atrás que será tachonado a partir de la cintura. Las mangas serán tachonadas en el hombro y con una bocamanga de 6 pulgadas de ancho, y de la misma calidad de la tela del cuello y de las franjas…”. |
| Resolución Administrativa núm. 001-2012, dictada por el Tribunal Superior Electoral | “Primero: disponer (…) que los jueces (…) del Tribunal Superior Electoral vistan (…) toga de color negro liso con un cuello cuadrado en la espalda, de 20 pulgadas de largo y 17 pulgadas de ancho, y que se continúa en la parte delantera a cada lado de la abertura del frente con una franja de 7 pulgadas de ancho hasta el ruedo y unida al borde. El cuello y las franjas serán de tela negra, lisa, brillante y forrados. La toga será lisa, excepto el paño de atrás que será tachonado a partir de la cintura. Las mangas serán tachonadas en el hombro, con una bocamanga de 6 pulgadas de ancho…”. |
| Artículo 11 del Protocolo de Conducción de Audiencias del Tribunal Superior Electoral, dictado por el Tribunal Superior Electoral | “… para postular ante el Tribunal Superior Electoral, los (…) abogados (…) deberán vestir toga de alpaca o seda negra lisa…”. |
| Artículo 15 del Reglamento Administrativo del Tribunal Constitucional | “… incumbe a los jueces del tribunal cumplir las obligaciones y deberes que les asigna la Constitución, así como los derivados del artículo 19 de su Ley núm. 137-11. También corresponde:… k. Guardar en las audiencias del tribunal el siguiente (…) código de vestimenta: uso de toga, birrete, camisa blanca y corbata negra. La toga es de color rojo vino, con bocamanga y pechera rojo vino satinado…”. |
7. ¿De qué color deben ser las bocamangas de las togas?
Esto dependerá de quien la porte, a saber:
| Jueces de primera instancia | Negra con un filete, en el borde superior, color morado obispo (de un cuarto de pulgada de ancho) |
| Jueces de las cortes de apelación y del tribunal de tierras | La mitad superior morado obispo y la otra mitad negra |
| Jueces de la Suprema Corte de Justicia | Morado obispo |
| Jueces del Tribunal Superior Electoral | Verde |
| Jueces del Tribunal Constitucional | Rojo vino satinado con un cintillo color negro satinado |
| Procuradores generales y procuradores Fiscales | Negra y azul copenhague (de la misma manera que deben llevarla los jueces de las cortes o tribunales donde desempeñan sus labores) |
| Abogados | Negra |
7.1. Base legal
| Artículo 11 de la Ley núm. 821 | “El color de las bocamangas será como sigue: a) Para los jueces de la Suprema Corte, morado obispo; b) Para los jueces de las cortes de apelación y del tribunal de tierras, la mitad superior, morado obispo y la otra mitad negra; c) Para los jueces de primera instancia, negra con un filete morado obispo de un cuarto de pulgada de ancho en el borde superior; d) Para los procuradores generales y procuradores fiscales, negra y azul copenhague en la forma usada por los jueces de las cortes o tribunales donde ejercen sus funciones e) Para los abogados (…) será negra…”. |
| Resolución Administrativa núm. 001-2012, dictada por el Tribunal Superior Electoral | “Primero: disponer (…) que los jueces (…) del Tribunal Superior Electoral vistan (…) toga (…) con una bocamanga (…) de (…) color verde…”. |
| Artículo 15 del Reglamento Administrativo del Tribunal Constitucional | “… incumbe a los jueces del tribunal cumplir las obligaciones y deberes que les asigna la Constitución, así como los derivados del artículo 19 de su Ley núm. 137-11. También corresponde:… k. Guardar en las audiencias del tribunal el siguiente (…) código de vestimenta (…) la toga es de color rojo vino, con bocamanga y pechera rojo vino satinado, y en la bocamanga un cintillo color negro satinado…”. |
8. El diseño de los birretes
| Forma | Hexagonal |
| Color | Negro |
| Material | El mismo del cuello de la toga |
| Parte superior | El birrete debe estar coronado con una borla redonda de hilos de seda |
8.1. Color de las borlas que deben llevar los birretes
Esto dependerá de quien la porte, a saber:
| Jueces | Morado obispo. Con excepción de los jueces del Tribunal Superior Electoral, cuyo birrete deberá llevar una borla color verde y los jueces del Tribunal Constitucional, cuyo birrete deberá llevar una borla color rojo vino. |
| Procuradores generales y procuradores fiscales | Azul copenhague |
| Abogados | Blanca |
8.2. Base legal
| Artículo 11 de la Ley núm. 821 | “Párrafo. El birrete será hexagonal, de color negro y confeccionado en el mismo material del cuello de la toga. Deberá llevar una borla redonda de hilos de seda, en el centro de la parte superior. Esta borla será de color morado obispo para los jueces, azul copenhague para los procuradores generales y los procuradores fiscales y blanca para los abogados…”. |
| Resolución Administrativa núm. 001-2012, dictada por el Tribunal Superior Electoral | “Primero: disponer (…) que los jueces (…) del Tribunal Superior Electoral vistan (…) birrete negro con la borla color verde…”. |
| Artículo 11 del Protocolo de Conducción de Audiencias del Tribunal Superior Electoral, dictado por el Tribunal Superior Electoral | “… para postular ante el Tribunal Superior Electoral, los (…) abogados (…) deberán vestir (…) birrete hexagonal color negro, que deberá llevar una borla redonda de hilos de seda de color blanco…”. |
| Artículo 15 del Reglamento Administrativo del Tribunal Constitucional | “… incumbe a los jueces del tribunal cumplir las obligaciones y deberes que les asigna la Constitución, así como los derivados del artículo 19 de su Ley núm. 137-11. También corresponde:… k. Guardar en las audiencias del tribunal el siguiente (…) código de vestimenta: uso de toga, birrete, camisa blanca y corbata negra (…) el birrete es negro satinado con borla rojo vino…”. |
9. Otros empleados y funcionarios judiciales
Todas aquellas personas que sean empleadas o funcionarias judiciales, no mencionados hasta el momento, deberán portar, durante la celebración de las audiencias, traje de color negro.
9.1. Base legal
| Artículo 11 de la Ley núm. 821 | “… párrafo. Los demás empleados y funcionarios judiciales usarán el traje negro…”. |
| Resolución Administrativa núm. 001-2012, dictada por el Tribunal Superior Electoral | “Segundo: disponer (…) que el secretario (…) general del tribunal vista de traje oscuro, camisa blanca y corbata negra, durante la celebración de audiencias públicas”. |
8. Consecuencias de la violación a las disposiciones relativas al atuendo de quienes participan en las audiencias
El incumplimiento de los requisitos expuestos, relativos a la vestimenta, de los jueces, representantes del ministerio público y abogados, acarrea consecuencias, a saber:
| Sanción para el juez que incumpla | Sanción para el abogado que incumpla |
| No recibir el sueldo por un mes | No participar o postular en la audiencia de que se trate |
8.1. Base legal
| Artículo 11 de la Ley núm. 821 | “… párrafo. Por cada vez que un magistrado o un juez comparezca en la audiencia sin toga y birrete calado, dejará de percibir el sueldo de un mes y el abogado que incurre en esta misma falta no será admitido en la audiencia…”. |
| Artículo 11 del Protocolo de Conducción de Audiencias del Tribunal Superior Electoral, dictado por el Tribunal Superior Electoral | “… párrafo. No se permitirá la intervención de abogados (…) que no cumplan con las normas de vestimentas previstas en el presente artículo. El (…) presidente (…) podrá requerir a aquellos que las incumplieren retirarse del estrado hasta tanto regularicen su situación”. |
[1] Ley núm. 821 de Organización Judicial y sus modificaciones. 21 de noviembre de 1927. Gaceta Oficial núm. 3921.
[2] Resolución núm. 1141-2005, que ordena la utilización de camisa blanca, corbata negra, toga y birrete en la celebración de las audiencias preliminares en la fase de instrucción (Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana). 28 de julio de 2005.
[3] Resolución núm. 2715-2010, mediante la cual se exige el uso de camisa blanca, corbata negra, toga y birrete calado para los jueces y juezas, representantes del ministerio público, defensores públicos y abogados (Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana). 30 de septiembre de 2010.
[4] Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial (Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana). 7 de octubre de 2021.
[5] Resolución Administrativa núm. 001-2012, que regula la vestimenta a utilizar por los jueces, secretario (a) y abogados (a) en la audiencia pública del Tribunal Superior Electoral (Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana). 24 de enero de 2012.
[6] Protocolo de Conducción de Audiencias del Tribunal Superior Electoral (Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana). 23 de agosto de 2018.
[7] Reglamento Administrativo del Tribunal Constitucional (Tribunal Constitucional de la República Dominicana). 9 de noviembre de 2017.